
Desde el primer día del 2013, los bancos estarán obligados a suprimir
el cobro de la tasa de interés moratorio para los créditos y la
comisión por servicios de cobranza. Además, deberán informar la Tasa de
Costo Efectivo Anual (TCEA) de los créditos que otorgan y la Tasa de
Rendimiento Efectivo Anual (TREA) de los depósitos y cuentas de ahorros,
entre otros.
Ello forma parte de una Resolución (8181) de la Superintendencia de
Banca y Seguros (SBS), que establece además qué comisiones son indebidas
y qué cláusulas de los contratos son consideradas abusivas.
Ello forma parte del reglamento de la nueva Ley de Transparencia del
Sistema Financiero que señala los criterios para determinar la tasa de
interés, costos y rendimiento; criterios aplicables a las comisiones y
gastos, y difusión permanente de tasas de interés, comisiones, gastos,
productos y servicios.
La semana pasada Scotiabank comunicó a sus clientes con los que
tiene préstamos personales, hipotecarios y vehicular que eliminarán el
cobro de la tasa de interés moratorio para los créditos en soles y
dólares. También no cobrarán comisión por servicio de cobranzas en
dichas monedas.
La penalidad por pago tardío será de US$ 15, desde el día siguiente
del vencimiento de la deuda. Respecto a los cobros de las tarjetas de
crédito se elimina la comisión por servicio de cobranza y la penalidad
por pago tardío será de US$ 12.
Crisólogo Cáceres, presidente de la Asociación Peruana de
Consumidores y Usuarios (Aspec), dijo que "debe existir grados de
penalidad y un marco de reciprocidad entre el banco y el consumidor. Por
ejemplo, así como el cliente debe pagar, las entidades financieras
deben cumplir con el envío de los estados de cuenta a los domicilios de
sus clientes". En su opinión, por ese hecho debe haber una penalidad.
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